lunes, 4 de julio de 2016

SUNAT amplía plazo para no sancionar infracciones

Con información de El Comercio -

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) amplió el plazo hasta el 30 de setiembre para que los contribuyentes regularicen sus infracciones cometidas desde el primero de noviembre del 2008, en los libros y registros electrónicos donde llevan su contabilidad.

“En el caso de aquellos contribuyentes obligados o que voluntariamente lleven sus Libros y/o Registros electrónicos a partir del 1 de enero de 2016, las infracciones no serán sancionadas siempre que sean regularizadas antes del 31 de diciembre de 2016”, precisa el ente recaudador.
La facultad discrecional tiene como objetivo asegurar una adecuada implementación del llevado de los libros de manera electrónica. 

La SUNAT ha considerado que los contribuyentes requieren de un período de adaptación mayor para realizar ajustes en sus sistemas y aplicativos informáticos, así como capacitar al personal en el manejo de los sistemas relacionados.
En el caso de aquellos que llevan sus libros y/o registros electrónicamente antes de dicha fecha, si bien ya cuentan con un período de adecuación, aún pudieran requerir efectuar algún ajuste de sus sistemas o el eficaz manejo de sus volúmenes de información.

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