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jueves, 15 de marzo de 2018

Falta poco más de una semana para la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2017

Falta poco más de una semana para la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2017

Las personas obligadas deberán utilizar el Formulario Virtual N° 705 que está disponible en el portal de la SUNAT desde el 19 de febrero último

Redacción|RPP Noticias

Desde el jueves 22 de marzo al lunes 9 de abril de este año, más de 900 mil contribuyentes deberán cumplir con la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio 2017.

Obligados a declarar

A partir de este año, también estarán obligados a presentar su declaración jurada del
Impuesto a la Renta, los siguientes contribuyentes:

• Los que perciben rentas de cuarta categoría (trabajadores independientes) o cuarta y quinta categoría que tengan un saldo a favor del Impuesto a la Renta.
• Los trabajadores que perciben rentas de cuarta y/o quinta categorías y rentas de fuente extranjera que tengan un saldo a favor del Impuesto a la Renta.
• Los que perciben exclusivamente rentas de quinta categoría (trabajadores dependientes) con saldo a favor por la deducción de intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda, no informados al ente recaudador como tales por las entidades del sistema financiero, lo cual deberá ser verificado en la Plataforma de Deducciones de Gastos Personales, a la que podrán acceder utilizando su Clave SOL (que puede ser generada con el DNI si la persona no está obligada a inscribirse en el RUC).
• También, deben cumplir con esta obligación, según la Resolución de Superintendencia N° 011-2018 del 14.01.2018, las personas naturales que durante el año pasado hayan generado Rentas de Primera (alquileres), Segunda (ganancias de capital) y Cuarta Categoría (profesional independiente) o fuente extranjera (ingreso percibido fuera del país) siempre que tengan un saldo por pagar o arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto o los hayan aplicado contra los pagos a cuenta de cuarta categoría durante el año 2017.

La presentación de la Declaración Jurada Anual fuera del plazo establecido, ocasiona una multa de S/ 2,075 si es una persona natural y S/ 4,150, si es una empresa. 

Beneficios tributarios

Las personas que perciban rentas de cuarta y quinta categoría, es decir que emitan recibos por honorarios y estén en planilla, respectivamente, podrán descontar del pago del Impuesto a la Renta del ejercicio 2017, hasta 3 UIT, es decir unos 12 mil 150 soles, adicionales a las 7 UIT que se deducen automáticamente. Para que la Sunat reconozca estos gastos se deben presentar comprobantes de pago electrónicos.

Estos son los gastos deducibles para las personas naturales

1. Arrendamiento/subarrendamiento de inmuebles: Primero la persona que me alquila el inmueble debió pagar el impuesto a la Sunat, y hace las veces de comprobante de pago. Si no tengo el recibo de pago, en todo caso necesito una factura. Factura, boleta de venta, nota de crédito o nota de débito emitidas electrónicamente.
2. Intereses de créditos hipotecarios de primera vivienda: Se puede deducir el 30% de los intereses, los bancos ya reportaron a la Sunat la base de datos de las personas que en el 2017 pagaron estos intereses. Si no aparece en esta base de datos, el contribuyente puede ingresar la información de manera manual, pidiéndole al banco los recibos.
3. Honorarios de médicos, odontólogos y de otros 13 profesionales más: Como ellos giran recibos por honorarios electrónicos, la Sunat ya cuenta con esa información. Sin embargo guarda de todas maneras el recibo por honorarios electrónico que te entregan.
4. Servicios profesionales que generen rentas de cuarta categoría: Recibo por honorarios electrónico y físico. Nota de crédito electrónica y física.
5. Aportes a EsSalud por trabajadores del hogar: Aunque esa información ya la tiene la Sunat, el documento indicado para probar este gasto es el formulario que la Sunat les entrega a los empleadores o el documento virtual que sustenta este pago.


jueves, 8 de marzo de 2018

5 razones para implementar la factura electrónica a tu negocio

5 razones para implementar la factura electrónica a tu negocio

Redacción | Correo de Perú


En el marco del reciente plan de masificación de la factura electrónica por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), al menos 80 mil empresas deberán decirle adiós a las boletas y facturas manuales para dar paso a la emisión de comprobantes electrónicos este año.


La transición se está ejecutando en cuatro etapas:

- El primer grupo integrado por 4 mil empresas en enero
- El segundo grupo conformado por 11 mil empresas en mayo
- El tercero grupo de 13 mil empresas en agosto
- El cuarto grupo conformado por 51 mil empresas en noviembre

Existen muchas empresas que emiten factura electrónica, un ejemplo cercano es el testimonio de Armando Sánchez, Gerente Comercial de Digiflow, empresa de la Cámara de Comercio de Lima , pionera de facturación electrónica en Perú. A continuación los consejos del gerente:

1. REDUCE DE GASTOS
Elimina el costo de impresión, almacenamiento de papel y de la logística del comprobante pre-impreso. Asimismo, se ahorran los costos de mensajería que implica llevar y traer facturas físicas . Con la Factura electrónica, no existe el papel y el envío es inmediato digitalmente.

2. ES MÁS RÁPIDO
Los procesos de trámites y gestiones de cobros se hacen con mayor agilidad . Pueden mejorar el servicio que les brindan a sus clientes, ya que si desean ubicar alguna factura, no perderán tiempo buscándola de manera física, sino lo harán de manera online.

3. INCREMENTA LA PRODUCTIVIDAD
Reduce el tiempo que se requiere al emitir y recibir comprobantes , lo cual permitirá que este se pueda invertir en otras actividades. Asimismo, evita que se pierdan documentos.

4. MAYOR SEGURIDAD
Se tiene garantía por medio de la firma electrónica en cada documento, lo que lo convierte en inalterable, auténtico, infalsificable y no repudiable . Asimismo, las facturas electrónicas pueden ser rastreables y verificables, pues existen mecanismos para comprobar su autenticidad.

5. MAYOR CONTROL TRIBUTARIO
La factura electrónica permite que las empresas manejen con mayor eficiencia sus obligaciones tributarias. Al ser todo electrónico, es más fácil llevar un control.

martes, 6 de marzo de 2018

¿Por qué la empresa debe usar la factura electrónica?

¿Por qué la empresa debe usar la factura electrónica?

La emisión de estos documentos permite ahorrar costos de papelería.


Redacción | El Peruano

La factura electrónica es, como su nombre indica, una factura que se emite vía online, es decir sin necesidad de un documento físico. Esta se ha mantenido como una alternativa para la emisión de comprobante, frente a la factura física y es que tiene los mismos efectos legales.

El gerente de TI de RSM Perú, Carlos Quintero, sostuvo que hay ciertos beneficios adicionales que aporta una factura electrónica.

• Ahorro de papel. Uno de los beneficios de la emisión de facturas electrónicas es que se ahorran costos de papelería. Junto con el ahorro de papel se ahorran también espacios físicos de almacenamiento y el traslado de envíos físicos. 

• Proceso de emisión se agiliza. Esto sucede porque se evita llenar a mano todos los datos de una factura. También porque al emitir en línea no hay que trasladarse para entregar la factura al destinatario, todo se puede hacer online al instante, a través del correo electrónico.

• Negociación y financiamiento más fácil. Si se pretende negociar facturas para conseguir algún tipo de financiamiento, el hecho de que estas se encuentren digitalizada hace más fácil el proceso, inclusive permite que se pueda extender a financieras de cualquier punto del país y no solo a la ciudad donde se emitió.

• Permite reducir errores de emisiones. Esto sucede porque las plataformas que ofrecen la emisión de facturas electrónicas son intuitivas, esto permite que se ayude al usuario durante todo el proceso. Además, gracias a la emisión de estos documentos, se tienen mayores facilidades para acceder a facturas almacenadas, por lo que no tendrá que preocuparse más por documentos perdidos.

Desde julio del 2017, la facturación electrónica es una obligación.


lunes, 5 de marzo de 2018

CCL pide eliminar los sistemas de pagos adelantados del IGV

CCL pide eliminar los sistemas de pagos adelantados del IGV

No especificado | Gestión
La Cámara de Comercio de Lima (CCL) mostró su desacuerdo con la propuesta de la Sunat que, ante el apremio de recaudación fiscal, plantea incrementar la tasa de detracciones del 10% al 12%, situación que afecta a diversos bienes y servicios gravados con el Impuesto General a las Ventas (IGV).

Para el gremio, esta propuesta lo único que ocasionará será disminuir la liquidez de las empresas.

El presidente de la institución, Mario Mongilardi Fuchs, consideró que se debe eliminar a la brevedad los tres sistemas de pagos adelantados del IGV (retenciones, percepciones y detracciones), creados con el fin de combatir la informalidad, pero que en la práctica se han convertido en tributos adelantados, que son recaudados gratuitamente por las empresas, bajo sanciones drásticas en casos de incumplimiento o errores.

Asimismo, propuso que la Sunat establezca una fecha límite para desmantelar este mecanismo perverso que actualmente lo único que hace es restar liquidez a las empresas.

También propone que los excedentes de los pagos de impuestos de las empresas o personas naturales deben ser utilizados como compensaciones para pagos de cualquier tributo que administra Sunat, inclusive para el pago de deudas a Essalud y la ONP, por lo cual esta entidad recaudadora recibe una comisión, mientras que las empresas cuyo giro de su negocios no es recaudar, lo tiene que hacer por disposición normativa y de manera gratuita, generando sobrecostos en detrimento de la rentabilidad de las mismas.

Como se recuerda, desde el 2002 existen tres sistemas de pagos adelantados: retenciones, a través del cual el contribuyente notificado por Sunat debe retener una parte del IGV a su proveedor de bienes y servicios; percepciones, en las importaciones y en las ventas internas el importador o el comprador local, además de pagar los impuestos, debe entregar un porcentaje del IGV adelantado; en tanto que las detracciones, el que compra bienes o el usuario de los servicios empresariales debe detraer (descontar) un porcentaje del IGV para depositarlo en el fondo de detracciones del Banco de la Nación.

Este fondo le sirve al proveedor para pagar los tributos administrados por la Sunat como el Impuesto a la Renta, Impuesto Selectivo al Consumo, IGV, entre otros.

lunes, 26 de febrero de 2018

Facturación electrónica: Conoce cómo evitar que sancionen a tu empresa

Facturación electrónica: Conoce cómo evitar que sancionen a tu empresa

Sunat publicó un informe sobre la validez de los comprobantes

No especificado | Connuestroperu.com


La facturación electrónica se ha transformado en una pieza clave para la modernización de los negocios. A partir de este año, todas las nuevas empresas que se formen deben empezar a facturar electrónicamente.
Además, existen cuatro grupos de obligados con fechas límite para implementar el sistema: uno empezó en enero, otros deberán comenzar en mayo, agosto y noviembre respectivamente.

Validez

En el 2017, la Sunat publicó un informe sobre la validez de los comprobantes de pago físicos que produzcan las empresas que esté obligada a emitirlos electrónicamente.
En dicho informe se precisa las sanciones para el emisor, que son el pago de una multa (hasta el 60% de una UIT) o cierre, y se da de manera progresiva según la falta y el tamaño de la empresa.
Según el documento, la primera vez que haya una infracción puede ser hasta el 30% de una UIT, la segunda son dos días de cierre, la tercera son cuatro días de cierre y la cuarta o más son 10 días de cierre.

Sanciones

La jefa de Efact Sistema Integrado, comentó lo que debemos tener
en cuenta para evitar ser sancionados:

1. Empresas obligadas:
La Sunat ha puesto a disposición de los contribuyentes una herramienta para verificar la lista completa de empresas obligadas a ser emisores electrónicos.
Si la empresa está obligada y aún no realiza la migración al sistema electrónico se recomienda contactar con un proveedor autorizado. Si aún no está obligada, se sugiere que ingresen al sistema de manera voluntaria y anticipada.
2. Proveedor autorizado:
Se debe considerar que el proveedor ofrezca una solución capaz de llegar y atender a todos, tanto emisor como adquiriente.
Además, que ofrezca productos a la medida de cada empresa y de las necesidades que tengan; que no obligue a gastar en equipos adicionales, y que dé soporte para que la implementación de la facturación sea segura y sencilla.
3. Evitar los comprobantes de pago impresos:
Si una empresa designada como emisor electrónico emite un comprobante de pago físico en lugar de emitir electrónicamente, el documento no tendrá validez, salvo que el incumplimiento se origine en un evento no imputable al contribuyente.
Por dicha razón, el adquiriente no podrá hacer uso del comprobante como sustento fiscal.